PRORROGA MORATORIA LEY 26.970

Por resolución (ANSES) 174/2022, Anses extendió el plazo de adhesión al régimen de regularización de deudas previsionales establecido por la Ley N° 26.970 y prorrogado por la Resolución (ANSES) 158/2019.

Tambien se estableció que la extensión del plazo quedará sin efecto, de pleno derecho, si durante su transcurso entrara en vigencia un nuevo régimen para el acceso a las prestaciones previsionales, a través de un plan de regularización de deuda previsional ya que el Senado aprobó con media sanción hace unas semanas un proyecto para implementar un nuevo plan de pagos de deuda previsional.

Dicho régimen es aplicable únicamente para las mujeres que cumplieran la edad jubilatoria determinada en el artículo 37 de la Ley N° 24.241 y fueran menores de 65 años.

¿Cuál es la moratoria ley 26970?

Esta moratoria, surgió en el año 2014, únicamente aplicable a las mujeres. La misma permite regularizar los aportes desde que la persona cumplió los 18 años y hasta diciembre del año 2003.

Antecedentes

La ley 26.970 sancionada el 27 de agosto de 2014 estableció un régimen para regularizar deudas por aportes no ingresados al sistema previsional, devengadas hasta diciembre de 2003, siempre y cuando se cumpliera con la edad jubilatoria establecida en la ley 24.241 (60 años para las mujeres y 65 para los varones), y se superara el control socioeconómico de ANSES. Este requisito consiste en la evaluación patrimonial del interesado a partir de un entrecruzamiento de datos con AFIP y otros organismos, en relación a bienes, ingresos y consumos a fin de considerarlo apto para la adhesión al régimen.

Originariamente la ley preveía un plazo de dos años de vigencia, el que con la sanción de la ley 27.260 en junio de 2016, se prorrogó por 3 años más (hasta julio de 2019), pero circunscribiéndola a partir de allí a mujeres de entre 60 y 64 años, ya que la misma ley, estableció la prestación de Pensión Universal del Adulto mayor (con un 80% del haber mínimo y sin derecho a pensión por fallecimiento) para hombres y mujeres mayores de 65 años.

Posterioremente, en  el año 2019 proximo al vencimiento del plazo legal, se resolvió prorrogar la moratoria por 3 años más, es decir, hasta julio de 2022.

La deuda por aportes previsionales omitidos puede regularizarse en un plan de hasta 60 cuotas, abonándose en efectivo sólo la primera de ellas y las restantes son descontadas del beneficio jubilatorio y actualizadas trimestralmente por aplicación de índice de movilidad.

Sin embargo debe tenerse en cuenta que la norma originaria dictada en el 2014, estableció una fecha de corte hasta la cual se pueden regularizar deudas previsionales (diciembre de 2003) que las sucesivas prórrogas no han modificado. Esto implica que a medida que transcurren los años, cada vez se pueden regularizar menos años faltantes, desde los 18 años de edad de la persona (a partir de la cual se hacen obligatorios los aportes o contribuciones) hasta diciembre de 2003, siendo necesario contar con más años de aportes realizados a partir de esa fecha.

Por ejemplo, una mujer de 60 años de edad, tenía 18 en 1980, por lo que hasta diciembre de 2003 podrá completar 23 años aproximadamente, y será necesario que posea al menos 7 años posteriores a esa fecha, para alcanzar los 30 que requiere la normativa para acceder a la jubilación.

También se debe tener en cuenta, la posibilidad de compensar el exceso de edad con la falta de servicios (a razon de 2 años de edad excedentes, por 1 de servicios faltantes).

¿Cuánto se debe pagar por la moratoria?

Esto dependerá de cuantos años tengas que regularizar. A su vez, puede hacerse de contado o de 1 a 60 cuotas. Si se opta por esta última, se abonará la primer cuota y las siguientes se descontarán del haber previsional, es decir, que no se deba pagar por separado mes por mes, sino que el descuento se ve reflejado en el recibo jubilatorio.